REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, jueves (02) de marzo del año dos mil Seis (2006)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000477
PARTE ACTORA: CARMEN CRISTINA YULDEN DE BRAVO, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.897.063.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARÍA DOS SANTOS DE FREITES, Abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 32.994.
PARTE DEMANDADA: MARLENE ROMERO RIVERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.483.038.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JESÚS CARRILLO DÍAZ, Abogado en ejercicio e Inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 46.735
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”.

En el día hábil de hoy, jueves dos (02) de marzo del Dos Mil Seis (2006), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos: MARÍA DOS SANTOS DE FREITES, MARLENE ROMERO RIVERO y JESÚS CARRILLO DÍAZ, plenamente identificados. Luego de iniciado el acto las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte demandada ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 6.000.000,00), por los conceptos que a continuación se relacionan:
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad Art. 108 LOT Bs.4.487.236,81
Bono Vacacional Fraccionado Arts. 219 y 223 LOT Bs.193.340,27
Vacaciones Fraccionadas Arts. 223 y 225 LOT Bs.312.318,90
Utilidades Art. 174 LOT Bs.176.755,56
Intereses de Prestaciones Bs.830.348,46
Total a pagar Bs.6.000.000,00

Dichos Conceptos suman la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 6.000.000,00), para ser cancelados por la parte demandada, de la siguiente manera: Un primer pago para ser efectuado en este mismo acto por la cantidad de TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00), mediante cheque Nº 87348377, del BANCO FEDERAL, de fecha: 02/03/2006, a favor de la ciudadana: CARMEN CRISTINA YULDEN, y un segundo y último pago por la cantidad de TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00), para ser cancelado el día 17/04/2006, en horas de despacho, dejando constancia ambas partes del pago efectuado por ante la URDD de este Circuito del Trabajo; y la parte demandante, acepta la oferta presentada, y conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de la demanda.







SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por
concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que la prueba aportada por la parte demandante al inicio de la Audiencia Preliminar, le ha sido devuelta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES:

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE,

PARTE DEMANDADA,

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,



LA SECRETARIA,


ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
Exp. No WP11-L-2005-000477