REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintiocho (28) de marzo del año dos mil Seis (2006)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000454
PARTE ACTORA: RICHARD ESKI SALAZAR, Venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.164.436.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ROXANA CABELLO, Abogada al servicio de la Procuraduría de Trabajadores en el Estado Vargas e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 103.642.
PARTE DEMANDADA: “CENTRO COMERCIAL LITORAL.”
ADMINISTRADOR DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS JOSÉ BERTONCINI LIZARDO, Venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de identidad Nº V-7.994.173.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCESCO EMILIO LUCA MARCANO, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 49.801.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS”.

En el día hábil de hoy, martes veintiocho (28) de Marzo del Dos Mil Seis (2006), siendo la una (01:00 p.m.) hora de la tarde, oportunidad para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos: RICHARD ESKI SALAZAR, ROXANA CABELLO, ALEXIS JOSÉ BERTONCINI LIZARDO y FRANCESCO EMILIO LUCA MARCANO plenamente identificados. Luego de iniciado el acto las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte demandada ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 2.750.000,00), por los conceptos que a continuación se relacionan:
Fecha de ingreso: 28-05-2003.
Fecha de egreso: 01-10-2004
Tiempo de servicio: 01 año, 04 meses y 03 días.
Cargo: OFICIAL DE SEGURIDAD.
Último salario mensual: Bs. 321.000,00

CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad Art.108 LOT Año 03-04, 45 d. Bs. 510.924,00
Antigüedad Fraccionada 4 meses, 22 d Bs. 250.438,20
Indemnización Art. 125 LOT, 30 días Bs. 341.508,00
Indemnización preaviso Art.125 “d”, 45 d. Bs. 512.262,00
Vacaciones fraccionadas, año 2004, 4 m. Bs. 57.066,66
Bono vacacional frac. año 03-04, 7 días Bs. 74.900,00
Bono vacacional frac. Año 2004, 4 meses Bs. 28.533,33
Utilidades Fraccionadas .Año 04, 15 días Bs. 53.500,00
Salarios caídos Bs. 920.867,90
Total Prestaciones Sociales Bs. 2.750.000,00

Dichos Conceptos suman la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 2.750.000,00), para ser cancelados en este acto, mediante Cheque del Banco Fondo Común, N° 05-15106374, a favor del ciudadano: RICHARD MAZA, de fecha 03 de abril del 2006, y la parte demandante, acepta la oferta presentada, y conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de la demanda, no quedando a deber ni estos, ni ningún otro derivado del vínculo laboral que los unió. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes, al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES:


PARTE ACTORA,



APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,



ADMINISTRADOR DE LA EMPRESA DEMANDADA,



ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA,





LA SECRETARIA,



ABG. GIOVANNA LANDER SALAZAR
EXP. Nº WP11-L-2005-000454