REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, ( 1° ) de marzo del año dos mil seis (2006 )
195° y 147°
Vistas las declaraciones rendidas por (los) (las) ciudadana (o) (s) MARIO MAYORA y HENRRY RAUL BOLIVAR RUIZ, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V- 2.901.866 y V-4.506.784 respectivamente, presentados por la ciudadana: EFIGENIA ESCOBAR de ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N°. V-3.892.650, manifestaron en sus declaraciones que las ciudadanas: EUGENIA ESCOBAR de ALVAREZ y GLADIS MAXIMINA ESCOBAR de CORREA son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de JOSE CRISTIN ESCOBAR MONASTERIOS, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a (el) (la) (las) (los) solicitante (s). Devuélvase original con sus resultas al solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 1964-06 , constante de folios útiles.
EL SECRETARIO,
Exp.N°.1964/06