REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (29) de marzo del año dos mil seis (2006).-

195° y 147°

Instruida como ha sido la presente solicitud y tomada las declaraciones a los testigos ciudadanos: GILBERTO ALFREDO BARRIOS INOJOSA y WILLIE RAFAEL PUPPO CORRO, presentados por el (la) (los) (las) ciudadana (o) (s): MARCOS AQUILINO PÉREZ HERNANDEZ, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). V- 1.447.053, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda entregar la misma al solicitante. - Cúmplase.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO
DRA. EVELYNA D´ APOLLO ABRAHAM
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
LA PERSONA AUTORIZADA


ARELIS FALCÓN

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro. 2030-06
EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE





ED’AA/LPI/AF.-
Sol. Nro.2030-06