REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 10 de marzo de 2006.
195º y 147º
Por cuanto el Tribunal observa que el Segundo Acto Conciliatorio en la presente causa debió realizarse el día 31 de enero de 2006, como se indico en el Primer Acto Conciliatorio celebrado en fecha 02 de diciembre de 2005, (F. 31), y en virtud de que no comparecieron personalmente las partes al mismo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en la parte final del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil declara EXTINGUIDO EL PROCESO, y así se decide. Archívese el expediente.
Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
JMCZ/mr.-
Exp: 17467