REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


GADO SEGUNDO DE PRIMERA ISNTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 03 de marzo de 2006.-
195° y 147°
Recibido por distribución, constante de cuarenta y un (41) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud. Vistas las diligencias que anteceden contentivas de las declaraciones de los ciudadanos LUIS ANTONIO USECHE PAZ y MARITZA DEL CARMEN URIBE CARVAJAL, venezolanos, mayores de edad, hábiles, titulares de las cédulas de identidad V-1.577.833 Y v-11.494.693 respectivamente, domiciliados en el Palmar de la Copé viejo, vista el Acta de Defunción No. 967 perteneciente a MARTÍN PATIÑO RUIZ, expedida por la Prefectura de la Parroquia La Concordia, en San Cristóbal, Estado Táchira, el Acta de Matrimonio No. 106, de los ciudadanos Martín Patiño Ruiz y Rosa Dilia Castillo, vista igualmente las Partidas de Nacimiento Nos. 963, 2568, 656, 2491, 197, 113, 1270, 3871, 2547, 2548 y copias de las cédulas de identidad de los ciudadanos ROSA DILIA CASTILLO DE PATIÑO, GLADYS MARÍA PATIÑO DE CONTRERAS, CEFERINO PATIÑO CASTILLO, JOSÉ OSWALDO PATIÑO CASTILLO, MARÍA JUANA PATIÑO DE VALERO, SUSANA JANETH PATIÑO CASTILLO, MARTÍN PATIÑO CASTILLO, JOSÉ HERIBERTO PATIÑO CASTILLO, FLORENCIO PATIÑO CASTILLO, BENJAMÍN PATIÑO CASTILLO Y LUIS EDUARDO PATIÑO CASTILLO, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos ROSA DILIA CASTILLO DE PATIÑO, GLADYS MARÍA PATIÑO DE CONTRERAS, CEFERINO PATIÑO CASTILLO, JOSÉ OSWALDO PATIÑO CASTILLO, MARÍA JUANA PATIÑO DE VALERO, SUSANA JANETH PATIÑO CASTILLO, MARTÍN PATIÑO CASTILLO, JOSÉ HERIBERTO PATIÑO CASTILLO, FLORENCIO PATIÑO CASTILLO, BENJAMÍN PATIÑO CASTILLO Y LUIS EDUARDO PATIÑO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-185.014, V-5.672.332., V-9.206.723, V-9.206.723, V-9.210.869, V-9.206.722, V-9.210.865, V-10.147.920, V-10.147.549, V-10.147.547, V-10.171.136 y V-10.171.486 respectivamente, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, la primera como cónyuge y el resto hijos del causante MARTÍN PATIÑO RUIZ, quien falleció el día 19 de agosto de 1990, según consta en acta de defunción arriba señalada. Conforme al artículo 397 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original a los interesados y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal. Josué Manuel Contreras Zambrano. Juez Temporal (Fdo.). Jocelynn Granados Serrano. Secretaria (Fdo.). JMCZ/mgr 5113