REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL SEGUNDO DE TRANSICIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 06 de marzo de 2006
195° y 147°
Indicación de las partes:
PARTE ACTORA: RAFAEL MIGUEL DEPABLO DIAZ
PARTE DEMANDADA: DARRELL E. LOPEZ PINTO y solidariamente a la AGROPECUARIA EL ANGEL.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Recibido por distribución el presente expediente, proveniente del extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de esta Circunscripción Judicial con motivo de la clasificación de las causas en el estado en que se encuentran y en virtud de la Resolución Nº 2004-0008, literal E, artículo 4º de fecha 18/08/04 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que suprimió los Juzgados de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y a su vez creó los Tribunales de Primera Instancia y Superior para el Régimen Procesal Transitorio de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; En consecuencia, la abogada ANA MERCEDES MORA RIVAS, en su condición de Juez Segundo de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa; y por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar la presente causa se realizó en fecha 16 de diciembre de 2003, este Tribunal con vista a lo expuesto en el articuló 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:
Artículo 201 LOPT... "Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención..."
Artículo 267 CPC ... Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes... "
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 16 de diciembre de 2003, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Segundo de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales siguen el ciudadano Rafael Miguel Depablos Díaz, contra el ciudadano López Pinto Darrell y solidariamente contra la Agropecuaria El Angel.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los seis días del mes de marzo de 2006, siendo las (10:00) a.m.
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Juez
Abog. Nory C. Gotera
Secretaria
EXP: Trabajo N° 5037-02
AMM/dje.-
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