TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SALA DE JUICIO.
San Cristóbal, diez de Marzo de 2006.-

194° y 145°


Visto el acuerdo suscrito por los ciudadanos: DESIREE TERESA ZAMBRANO DUQUE Y JUAN MANUEL MUÑOZ MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.421.530 y V- 16.779.778 respectivamente, por Obligación Alimentaría en beneficio de la niña VERONICA ANDREA MUÑOZ ZAMBRANO donde acordaron: “El padre ofrece la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo) mensuales por concepto de Pensión de Alimentos, más una cuota adicional en el mes de Diciembre por la suma TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo) igualmente se compromete a cubrir el 50% de los gastos de medicina. La madre manifiesta estar de acuerdo con lo ofrecido y solicita que se aperture una cuenta de Ahorros en BANFOANDES y se ordene descontar directamente del sueldo que devenga como Empleado de la UNET. En consecuencia ésta Juez Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN de ley y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad a lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese Memorando al Departamento de Contabilidad a los fines de aperturar Cuenta de Ahorros en BANFOANDES y una vez conste en autos el número de la cuenta se procederá a oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET). Cúmplase. -


ABG. INDIRA RUIZ USECHE
JUEZ UNIPERSONAL N° 1


ABG. ROSSY FUENTES DE MARIN SECRETARIA TEMPORAL


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
SECRETARIA





Exp. N° 39858.-
Carolina.