JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
195° y 147°
Visto el contenido del acta suscrita ante el Juzgado del Distrito Junín de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 21 de julio de 1989, donde el abogado RAUL ZAMBRANO LOZADA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 3.377, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandante ciudadano ADOLFO SÁNCHEZ FERNANDEZ, mayor de edad, casado, medico, titular de la cédula de identidad N° V-2.759.966 por una parte y por la otra, el ciudadano DANIEL SALINAS CHACÓN, venezolano y titular de la cédula de identidad N° V-5.023.458, parte demandada, en la que manifiestan su intención de COVENIR en la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese y dejase copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil seis. Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
Abg. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal
MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria
|