JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
195° y 147°
Vista el acta de fecha 11/11/1997, levantada por el Juzgado de las Parroquias Ticoporo, Nicolás Pulido y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en la cual la ciudadana NOHEMI REDONDO RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº 13882.344, representación de la parte demandada, asistida de la abogada GRELIMAR MONTOYA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.422, manifiesta su voluntad de CONVENIR en el presente juicio; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto en la presente causa no hay más actuaciones que practicar, archívese el expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil seis (08/03/2006). Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
|