REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, ocho de marzo de dos mil seis.-
195° y 147º
Visto el convenimiento, celebrado por ante este Despacho, en el expediente N° 1.703-06, por Fijación de Obligación alimentaria, entre los ciudadanos RICHARD WILFREDO TARAZONA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.816.716 y LIDIA ESMERALDA LOSADA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-12.992.561, a favor de los niños (Se omite el nombre), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional los Andes a fin de aperturar Cuenta de ahorros. Líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
El Secretario,
Abg. Livio Martínez Gutiérrez.
En la misma fecha se notificó al Fiscal Catorce Especializado Para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio al Banco de Fomento Regional los Andes bajo el N° 3130-200.-
El Srio.,
Exp.1.703-06
08/03/2006
PAGP/ranlynt