REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, jueves veintitrés de marzo de dos mil seis, siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó y constituyó de este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte solicitante ciudadanos: LUIS ENRIQUE MARTÍNEZ RIOS y ROSA MARÍA CARDONA (Compradores), titulares de las cédulas de identidad N°s V-11.302.747 y V-21.758.080 respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio TULIO ERNESTO LARGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.658, e indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 19-84, ubicado en la calle 11, Barrio Obrero de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la entrega material de inmueble acordada a favor de los compradores antes identificados, en el procedimiento que por ENTREGA MATERIAL DE INMUEBLE se sigue contra JOSÉ ABELARDO DÍAZ GARCÍA (Vendedor), titular de la cédula de identidad Nº V-4.830.500, en el expediente Nº 4544 (Solicitud) que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial JACKSON GAMBOA, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, para lo cual efectúa los toques de ley a las puertas del inmueble siendo atendido a través de una ventana por un ciudadano quien se negó a identificarse, asimismo negó el acceso a este Tribunal al inmueble, y por tratarse el presente procedimiento de jurisdicción voluntaria, no puede este Tribunal hacer uso de la fuerza pública, en razón de lo antes expuesto se ordena el libramiento de un Cartel de Notificación, fijar el original a las puertas del referido inmueble y agregar una copia a la presente comisión En este estado el Tribunal procede a verificar la Entrega Material para lo cual ha sido comisionado, dejando a salvo los derechos que le puedan corresponder a un Tercero, el cual dispone de dos días de despacho, según lo establecido en el Artículo 930 del Código de Procedimiento Civil, para hacer Oposición a la presente entrega. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 11:00 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ PROVISORIO,

ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LOS SOLICITANTES,


LUIS ENRIQUE MARTÍNEZ RIOS


ROSA MARÍA CARDONA.




EL ABOGADO ASISTENTE,


TULIO ERNESTO LARGO.

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


JACKSON GAMBOA

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO.