REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO



En día de hoy, martes veintiocho de marzo de dos mil seis, siendo las 3:40 de la tarde, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio SOLEDAD LANDINEZ GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.540 quién actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana: ALIDA COROMOTO BECERRA DE SILVA, titular de la cédula de identidad N° V-9.344.156, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 8-9, ubicado en la carrera 13 con calle 8, Parroquia Pedro Maria Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por DESALOJO DE INMUEBLE se sigue contra WILLIAM ARNULFO WILCHEZ GARCÍA, en el expediente N° 4848 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Jackson Gamboa, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual efectúa los toques de ley a las puertas del presente inmueble, sin obtener respuesta de persona alguna, se observa en la puerta que da acceso al mismo un candado el cual fue aperturado con una llave de tubo, y hecho lo cual este Tribunal se constituyó dentro del mismo, observando que se encuentra libre de personas y bienes muebles, se aprecia en mal estado de conservación, higiene y habitabilidad. En este estado el Tribunal le hace formal entrega del inmueble a la abogada SOLEDAD LANDINEZ GOMEZ, ya identificada, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a la 4:50 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA


ABG. SOLEDAD LANDINEZ GOMEZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,


JACKSON GAMBOA
LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO