REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, jueves nueve de marzo de dos mil seis, siendo las 10:00 a.m., se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio MIGUEL ANGEL PAZ RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.147, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana: ELENA RAMÍREZ; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 14-62, ubicado en la calle 14, Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA la cual consiste en la ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se sigue contra el ciudadano: CARLOS DAVID ROJAS VÁSQUEZ, en el Expediente Nº 2450 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial JACKSON GAMBOA, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual procede a efectuar los toques de Ley a las puertas del presente inmueble, siendo atendido por la ciudadana: CLAUDIA ROSANA ROJAS VÁSQUEZ, titular de la C.I. Nº V-12.233.192, la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sito, indicándole que cuenta con un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o el apoderado judicial de la parte demandada, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado siendo las 12:50 p.m, se hizo presente en este acto el abogado en ejercicio WILMER JESÚS MALDONADO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.025 a fin de prestar asistencia jurídica a la ciudadana: CLAUDIA ROSANA ROJAS VÁSQUEZ, ya identificada, quien solicito el derecho de palabra y concedido como le fué expuso: “Propongo a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la comisión conferida a este Tribunal, hacer entrega del inmueble en un lapso de (45) días consecutivos, o sea el día 23 de abril de 2006, libre de personas y cosas. Asimismo manifiesto renunciar a cualquier acción que se pueda originar del desalojo objeto de la presente comisión, es todo.” En este estado la parte actora, abogado MIGUEL ANGEL PAZ RAMÍREZ, ya identificado, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “En vista a la propuesta formulada por la ciudadana CLAUDIA ROSANA ROJAS VÁSQUEZ, en nombre de mi mandante la acepto y le concedo el plazo solicitado, es todo. En este estado el Tribunal visto el acuerdo realizado por ambas partes y en virtud del principio de auto composición procesal establecido en el Artículo 425 del Código de Procedimiento Civil acuerda abstenerse de la presente Ejecución Forzosa de Sentencia, quedando en consecuencia suspendida por el lapso de (45) días consecutivos pactado de mutuo acuerdo por ambas partes. Es todo. No siendo más este Tribunal concluye el acto a la 1:30 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. MIGUEL ANGEL PAZ RAMÍREZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
JACKSON GAMBOA
LA NOTIFICADA,
CLAUDIA ROSANA ROJAS VÁSQUEZ
ABG. ASISTENTE,
WILMER JESÚS MALDONADO
LA SECRETARIA,
HAYDEÈ SOCORRO MORENO