REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 06 de Marzo de 2006
195° y 146°
Visto el escrito, presentado por la ciudadana Abogada Onely Méndez Ramos, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público, por medio del cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no existen elementos de convicción que permitan atribuirle al imputado la responsabilidad penal del hecho investigado, este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:
Corre inserto al folio 07, Acta de Denuncia de fecha 15 de mayo de 2002, en la cual se hizo presente ante el Comando Policial el ciudadano Joel González en compañía de su prima la ciudadana Luz Marina González Soto quien es la agraviada, la cual manifestó entre otras cosas que el día sábado se encontraba en le Piñal junto con su prima y el novio de su prima y al ver que su prima desapareció le pregunto al ciudadano de nombre Freddy que si sabia para donde había ido ella y el respondió que regresaban pronto y que él la llevaba para su casa que era desde el Piñal hasta San Joaquín de Navay, el paró el carro en la Cristalina y se bajo y le pregunto que iba a ser y el respondió que iba a orinar y a lo que se monto al carro estaba desnudo, y el dijo que tenia que se de el y le bajo los seguros al carro y la presiono contra el cojín y le quito la ropa.
En virtud de tal hecho, se inició investigación en la cual se practicaron las siguientes actuaciones:
1.- Corre inserto al folio 04, Oficio Nro. 1183, de fecha 16de mayo de 2002, suscrito por el Comandante de la Comisaría Policial Sur, dirigido a la Fiscal Décima del Ministerio Público.
2.- Corre inserto al folio 05, Acta Policial Nro. 045, de fecha 16 de mayo de 2002, suscrita por el funcionario sub-inspector Yorman Cuberos, adscrito a la Dirección de Seguridad y Orden Público.
3.- Corre inserto al folio 06, Acta Policial Nro. 046, de fecha 16 de mayo de 2002, suscrita por el funcionario sub-inspector Yorman Cuberos, adscrito a la Dirección de Seguridad y Orden Público.
4.- Corre inserto al folio 09, Oficio Nro. 1184, de fecha 16 de mayo de 2002, emanado por la Dirección de Seguridad y Orden Público, dirigido al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.
5.-Corre inserto al folio 15, Acta de la Audiencia de Flagrancia contra el ciudadano Freddy Soto por el delito de Violación, en la cual Desestima la Flagrancia y Otorga Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, realizada por ante el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de este Estado.
6.- Corre inserto al folio 61, Acta de Investigación Penal de fecha 15 de enero de 2002, suscrita por el funcionario Néstor Rivas Vargas, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.
7.- Corre inserto al folio 62, Informe Médico Nro. 9700-164-002995, de fecha 16 de mayo de 2002, suscrito por Médico Forense Dr. Juan de Dios Delgado, practicado a la ciudadana Luz Marina González Soto.
8.- Corre inserto al folio 63, Acta de Inspección Ocular Nro. 3232, de fecha 17 de mayo de 2002, suscrita por los funcionarios Alfredo Santiago y Ramón Eladio Ferreira, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.
9.- Corre inserto al Folio 64, Acta de Experticia Nro. 288, sin fecha suscrita por los funcionarios José Rosario Useche y Alfredo Santiago, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.
10.- Corre inserto al folio 66, Acta Policial de fecha 26 de mayo de 2002, suscrita por el funcionario Néstor Rivas Vargas, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.
De lo antes expuesto, concluye el Tribunal que de la revisión efectuada a las actas que conforman la presente causa, el resultado que se deriva de estas, se puede constatar que no hay suficientes elementos de convicción para el enjuiciamiento del imputado, ya que del resultado del Reconocimiento Médico se deja constancia que no hay ningún tipo de lesión ejercida por el actor en contra de la victima, por le que se presume que el presente hecho no se realizo. Siendo en consecuencia, procedente declarar con lugar solicitud de Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho no puede ser atribuido al imputado. Y así se decide.
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: SE DECRETA EL SOBREIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ, venezolano titular de cédula de identidad Nro. V-12.491.586, fecha de nacimiento 11/05/1974, Residenciado en: La Calle 11 entre Carreras 1 y 2 Pregonero Municipio Uribante del Estado Táchira, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes, y una vez firme la presente decisión remítase al archivo judicial. Regístrese, publíquese y déjese copia en el archivo del Tribunal.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
Causa Nº 2C-2424-02
Expediente: F4-579-02
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-
San Cristóbal, 06 de Marzo de 2006
195º 146º
BOLETA DE NOTIFICACION
Se hace saber al ciudadano ABG. Fiscal Cuarto del Ministerio Público que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ, venezolano titular de cédula de identidad Nro. V-12.491.586, fecha de nacimiento 11/05/1974, Residenciado en: La Calle 11 entre Carreras 1 y 2 Pregonero Municipio Uribante del Estado Táchira, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 2C-2424-02
Expediente: F4-579-02
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_________________HORA__________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano ABG. Fiscal Cuarto del Ministerio Público que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ, venezolano titular de cédula de identidad Nro. V-12.491.586, fecha de nacimiento 11/05/1974, Residenciado en: La Calle 11 entre Carreras 1 y 2 Pregonero Municipio Uribante del Estado Táchira, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 2C-2424-02
Expediente: F4-579-02
“1805 2.005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-
San Cristóbal, 06 de Marzo de 2006
195º 146º
BOLETA DE NOTIFICACION
Se hace saber a la ciudadana LUZ MARINA GONZALEZ SOTO, Residenciado en San Joaquín de Navay Sector la Pita Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ, venezolano titular de cédula de identidad Nro. V-12.491.586, fecha de nacimiento 11/05/1974, Residenciado en: La Calle 11 entre Carreras 1 y 2 Pregonero Municipio Uribante del Estado Táchira, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 2C-2424-02
Expediente: F4-579-02
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_________________HORA__________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber a la ciudadana LUZ MARINA GONZALEZ SOTO, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ, venezolano titular de cédula de identidad Nro. V-12.491.586, fecha de nacimiento 11/05/1974, Residenciado en: La Calle 11 entre Carreras 1 y 2 Pregonero Municipio Uribante del Estado Táchira, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 2C-2424-02
Expediente: F4-579-02
“1805 2.005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-
San Cristóbal, 06 de Marzo de 2006
195º 146º
BOLETA DE NOTIFICACION
Se hace saber al ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ, Residenciado en: La Calle 11 entre Carreras 1 y 2 Pregonero Municipio Uribante del Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 2C-2424-02
Expediente: F4-579-02
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_________________HORA__________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano FREDDY ANTONIO PERNIA SANCHEZ,, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 2C-2424-02
Expediente: F4-579-02
“1805 2.005, Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro”