REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTE
DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 10 de marzo del 2.006.
196º y 147º

Visto el escrito, de fecha 23 de mayo de 2.005, agregado al folio 391, presentado por la Defensora Público GLENDA CHACON ESCALANTE, adscrita a la Sección Penal del Adolescente del Estado Táchira, donde consigna en un folio útil, copia simple del certificado de defunción, de quien en vida se llamara (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), expedida por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
El Juzgador que con tal carácter suscribe, para decidir, observa:
PRIMERO.- Por cuanto la solicitud se acompaña de documento público, constante de certificado de defunción en copia simple expedida por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social. En dicho certificado señala que la causa de la muerte del ciudadano (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna),fue: Hiproxia severa, insuficiencia respiratoria aguda, asfixia mecánica, ahorcamiento.
SEGUNDO.- Así mismo, por ser un hecho público la muerte del precitado ciudadano, la cual ocurrió en la cárcel de San Juan de Lagunillas del Estado Mérida, donde se encontraba cumpliendo con una medida de privación de libertad.

TERCERO.- Conforme a lo establecido en el Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: Son causas de extinción de la acción penal: 1º. La muerte del imputado.
Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la sección penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la ley, acuerda:
PRIMERO.-. La extinción de la acción penal, por la muerte del ciudadano (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna).
SEGUNDO.- El archivo del expediente signado con el Nº E-267-00.
Así se decide. Notifíquese a las partes.-



ABG. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ
JUEZ TEMPORAL DE EJECUCION



ABG. GLENDA LISBETH ACEVEDO QUINTERO
SECRETARIA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.