San Antonio del Tachira, 30 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-001683
ASUNTO : SP11-P-2005-001683

RESOLUCION

Visto el escrito presentado por las Abogadas Teresa de Jesús Rodríguez y Ana Ingrid Chacón Morales, Fiscal Principal y Fiscal Auxiliar Vigésima Sexta del Ministerio Público, quienes solicitan el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de POLO SANCHEZ, sin más datos de identificación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; el Tribunal para decidir observa:
En fecha tres (03) de Agosto del año 1.999, la ciudadana Evarista Pinto Carreño, interpuso denuncia ante la Fiscalía del Ministerio Público en contra de un ciudadano llamado POLO SANCHEZ, en virtud de que su hija LENNIS YAJAIRA GUERRA PINTO, quien era adolescente para el momento que ocurrieron los hechos, se había ido de su casa y fue encontrada en el taller del ciudadano POLO SANCHEZ.
En fecha 12-08-2005, compareció por ante la Fiscalía Vigésima Sexta del Ministerio Público la ciudadana LENNIS YAJAIRA GUERRA PINTO, quien retiró los cargos porque en ese momento no pasó nada y quiere que se cierre el caso.
Ahora bien, analizadas como han sido las actas que conforman la presente causa, concluye quien aquí decide que de las diligencias de investigación realizadas por los órganos competentes no se evidenció la comisión de delito alguno, por lo que este Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de POLO SANCHEZ (sin más datos de identificación) de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal; siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Artículo 323 eiusdem. Y así decide.
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor de POLO SANCHEZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.


Abg. IKER YANEIFER ZAMBRANO CONTRERAS
Juez Primero de Control

El Secretario