REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal TERCERO de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Macuto, 24 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2004-000023
ASUNTO : WP01-P-2004-000077
Visto el escrito presentado por el Dr. JOSE GREGORIO FLORES, en su carácter de defensor público del ciudadano, SAAVEDRA ALVAREZ KELVIN LEANDRO, mediante el cual solicita a este Tribunal le acuerde la extensión de la medida cautelar de presentación ante la Oficina de Alguacilazgo cada ocho (08) días, en virtud de que se encuentra estudiando, solicita se le alargue el régimen de presentaciones a treinta (30) días, este Tribunal observa que según lo señala el Sistema Juris, el ciudadano SAAVEDRA ALVAREZ KELVIN LEANDRO, NO ha asistido a la sede del alguacilazgo de este circuito Judicial Penal a cumplir regularmente con el régimen de presentaciones impuesto por este Tribunal, ya que se evidencia del mencionado Sistema que durante los meses de diciembre de 2005, enero 2006 y febrero del presente año, no se presento, por ante la sede del alguacilazgo, sin razón o justificación alguna, y por supuesto sin autorización del Tribunal, motivo por el cual se ordena al mencionado ciudadano a cumplir con dicho régimen de presentaciones so pena de Revocar la medida cautelar acordada de conformidad con el artículo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por todas las consideraciones que antecede este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas NIEGA la presente solicitud por ser improcedente, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO
DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
ABG. VANESSA BRIZUELA
En esta misma fecha se da cumplimiento con lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ABG. VANESSA BRIZUELA