REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO
Maiquetía, trece (13) de Marzo del año dos mil seis (2006)
195° y 147°
EXPEDIENTE N° 10.535
Visto, que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha treinta (30) de septiembre del año dos mil cuatro (2.004), este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, la parte demandada en el presente Juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al fallo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido la parte demandada deberá pagar mediante cheque de gerencia a nombre del extrabajador, la cantidad de dos millones setecientos veinticinco mil quinientos ochenta y ocho bolívares con sesenta y seis céntimos (Bs. 2.725.588,66), saldo que resulta a favor del demandante, previa deducción de la cantidad de Un Millón doscientos noventa y tres mil ciento setenta y siete bolívares con noventa y un céntimos (Bs. 1.293.177,91).
LA JUEZ
Dra. JASMÍN E. ROSARIO
LA SECRETARIA
Abg. MARIA ALEJANDRA GONZALEZ
JER/MAG/
Exp. 10.535