REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO
Maiquetía, dieciséis (16) de marzo del año dos mil seis (2006).
195° y 147°
ASUNTO: 11258
Vista la TRANSACCIÓN LABORAL que corre inserta a los folios doscientos sesenta y siete (267) al doscientos setenta y dos (272) celebrada en fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil seis (2006) por el Profesional del Derecho WLADIMIR ORTEGA GALARRAGA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 29.706, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa demandada “INDUSTRIA FIEBRA 2000,C.A, FERRENAUTICA, MIRAMAR, S.R.L. Y CARPINTERIA DE BARCOS MIRAMAR; y el Profesional del Derecho Abogado ANTONIO RAMOS GASPAR en su carácter de apoderado Judicial de la parte actora. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 41.964, y revisados como han sido los términos bajo los cuales las partes suscribieron la referida transacción y por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables del ex_trabajador, ni normas de orden público, en conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en conexión con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el Artículo 525 del Código de Procedimiento Civil por remisión directa del artículo 183 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada. Asimismo se ordenará el cierre y archivo del presente expediente en el momento en que se de cumplimiento al ultimo pagos de lo acordado.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. JASMÍN E. ROSARIO
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA ALEJANDRA GONZALEZ
Seguidamente y en esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA ALEJANDRA GONZALEZ
JR/Mag/pablo
Exp 11258
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