REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veintinueve (29) de Marzo del año dos mil seis (2006)
195° y 147°

ASUNTO: WP11-L-2006-000077

Vista la TRANSACCIÓN LABORAL que corre inserta a los folios treinta (30) al treinta y dos (32), celebrada entre la Profesional del Derecho MARIA DOS SANTOS DE FREITES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 32.994, en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano JESUS FRANCISCO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 5.095.7051, parte actora en el presente procedimiento, por una parte y por la otra el ciudadano FRANCISCO FREDDY HERNANDEZ AGUILAR en su carácter de PRESIDENTE de la empresa SOCIEDAD MERCANTIL “TRANSPORTE GERFRE C.A., debidamente asistido por la Profesional del Derecho ZORAIDA CAROLINA GARCIA BAEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 66.920, presentada ante el TRIBUNAL DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS y revisados como han sido los términos bajo los cuales las partes suscribieron la referida transacción y por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables del ex_trabajador, ni normas de orden público, en conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso, y una vez que conste en auto el ultimo de los pagos acordados se ordenara el cierre y archivo del expediente. Cúmplase.
LA JUEZ

Dra. REBECA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA

Abg. GIOVANNA LANDER.

RM/GL/Nohemi