REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, nueve (09) de Marzo del año dos mil seis (2.006)
195º y 147º
ASUNTO: WP11-L-2004-000383
Vista la sentencia dictada en fecha dieciocho (18) de enero del año en curso, por el Tribunal Superior del Trabajo (Accidental) de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la parte actora en el presente proceso y definitivamente firme como ha quedado; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, decreta EJECUCIÓN VOLUNTARIA en la presente causa. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al fallo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ
DRA. REBECA MARTINEZ.
LA SECRETARIA
ABG. JENIFFER VICUÑA.
RM/JV/Nohemi
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