REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veinticuatro (24) de marzo de dos mil seis (2006)
195° y 146°

ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000386
PARTE ACTORA: MARIA ALEXANDRA MAGDALENO CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.545.006
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, SONIA FERNANDES Y ANTONIO JOSE DAUTANT, Abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 16.702, 57.815 y 16.817, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “INVERSIONES GEMA GESTIÓN MODERNA DE ALIMENTOS, C.A..”, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 30 de abril de 1997, anotado bajo el N° 29, Tomo 219-A-Sgdo.
APODERADA ESPECIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MARTINEZ GONZALEZ GLENDY DAYANA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° 14.568.387.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA, TATIANA SABRINA POLO CANTILLO y JUAN BAUTISTA A. CANDELARIO NIVAR, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la Cédula de Identidad números V-14.965.597 y 14.163.074, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 101.951 y 87.490, respectivamente.

MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”

En el día hábil de hoy, veinticuatro (24) de marzo del dos mil seis (2006), siendo las dos (02:00 m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la profesional del derecho TATIANA SABRINA POLO CANTILLO apoderada judicial de la parte demandada y MARIA ALEXANDRA MAGDALENO CARRASQUEL, asistida por sus apoderadas judiciales SONIA FERNANDES y LOURDES CONTRERAS; todas plenamente identificadas. Dándose inicio al acto, la representación de la parte demandada le ofrece en calidad de pago por concepto de Prestaciones Sociales a la parte actora la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs.1.500.000,00), para dar por terminado dicho procedimiento y que el monto ofrecido se discriminará en escrito que consignará en la fecha del pago que se efectuará en este circuito judicial en fecha 28 de marzo del presente año por ante la Unidad de Recepción de Documentos, previo acuerdo entre las partes. La parte demandante acepta la Propuesta realizada, bajo los términos en que se planteó y declara que nada queda a deberle la empresa por concepto de la relación de trabajo que los unió. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vista que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que le fueron devueltas a las partes las pruebas aportadas al inicio de la presente audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ


LA PARTE ACTORA



APODERADAS JUDICIALES DE
LA PARTE ACTORA,



APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,

ABG. MAGJOHLY FARÍAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000386
“COBRO DE PRESTACIONESSOCIALES
Y OTROS BENEFICIOS.”