REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, dieciséis (16) de Marzo del año dos mil seis (2.006)
195º y 147º

ASUNTO: WP11-L-2005-0000463

Vista la diligencia de fecha 14/03/2006, suscrita por el profesional del derecho ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR, plenamente identificados en autos, mediante la cual solicita se decrete la ejecución de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 1/03/06; este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, acuerda lo solicitado, y en tal sentido decreta EJECUCIÓN VOLUNTARIA en la presente causa. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al fallo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
EL JUEZ

Dr. GUSTAVO ROMERO.

LA SECRETARIA

ABG. MAGJOHLY FARIAS.


GR/MF/Nohemi