REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, doce (12) de mayo de dos mil seis (2006)
196° y 147°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000057
PARTE ACTORA: MIGUEL ANGEL AZUAJE CARVAJAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V- 16.114.220.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JHON ALBERTO MÁRQUEZ MARCANO, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 98.512.
PARTE DEMANDADA: “AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.”
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NYDIA MILAGROS GONZÁLEZ CORDERO, Abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.73.828.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, doce (12) de mayo de dos mil seis (2006) siendo las once y treinta (11:30 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el inicio a la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: MIGUEL ANGEL AZUAJE CARVAJAL, JHON ALBERTO MÁRQUEZ MARCANO y NYDIA MILAGROS GONZÁLEZ CORDERO, plenamente identificados. PRIMERO: Dándose así inicio al acto, la parte demandada expone:” Persisto en el despido del ciudadano MIGUEL ANGEL AZUAJE CARVAJAL, y ofrezco cancelarle la cantidad de Bs. 3.179.146,06, por los conceptos de Prestaciones Sociales e Indemnización por despido injustificado Art. 125 LOT”, Seguidamente, el demandante expuso que lo despiden por bajo rendimiento, y que dicha evaluación la efectuó su jefe inmediato que tiene poco tiempo en el cargo, además se encontraba en un período de recuperación de un accidente, sin embargo, acepta la oferta presentada, pero solicita una revisión de la misma y que se le agreguen los salarios caídos que le corresponden”. En este estado las partes conjuntamente, efectúan una revisión de la liquidación y acuerdan que lo que se le adeuda al ex trabajador demandante, es la cantidad de Bs. 3.950.933,3, que contempla sus prestaciones sociales, indemnización por despido injustificado y salarios caídos desde la fecha de la notificación hasta el día de hoy, fecha de la persistencia del despido, para ser cancelados el día viernes 02 de junio del 2006, dejando constancia ambas partes de dicho pago por ante la URDD, de este Circuito. Luego, la parte demandante consigna escrito de pruebas constante de dos (02) folios útiles, y un (01) anexo marcado con la letra “B”, relativo a un recibo de pago, y consigna original del Poder que acredita su representación. Por otra parte, la parte demandada consigna Escrito de Pruebas constante de dos (02) folios útiles y anexos marcados con las letras “A”,“B”, “C”, “C1” y “D”, contentivos del original y copia del Poder que acredita su representación, cuyo original será devuelto previa certificación por la secretaria del Tribunal, recibos de pago y carta de despido. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
PARTE ACTORA,
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. GIOVANNA LANDER SALAZAR
Exp. Nº WP11-S-2006-000057
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