REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (21) de Junio del año dos mil seis (2006).-

196° y 147°

Vistas las declaraciones rendidas por el ciudadano ANGEL MANUEL PEREZ DIAZ Y YONNATAN ENRIQUE DIAZ GIL, presentados (as) por el (a) (los) (as) ciudadano (a) (os) (as): PABLO OSIO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 1.029, actuando en representación de los ciudadanos LUIS ALBERTO SALAZAR, VICTOR JOSE SALAZAR, HERNAN CASIMIRO SALAZAR Y EFRÉN JOSE SALAZAR, los cuales manifestaron en sus declaraciones que los ciudadanos: LUIS ALBERTO SALAZAR, VICTOR JOSE SALAZAR, HERNAN CASIMIRO SALAZAR Y EFRÉN JOSE SALAZAR, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana que en vida respondiera al nombre de JUANA FRANCISCA SALAZAR, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 3072/06.-

EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE






ED’AA/LPI/nadiuska