REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (31) de Mayo del año dos mil seis (2006).-
196° y 147°
Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por los ciudadanos SIMON LEINDO MEDINA Y MIRIAM RODRIGUEZ DE LIENDO, mayor (es) de edad, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Nros. V-3.612.307 y V-3.594.412, y consignado como ha sido el documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Estado Vargas, La Guaira, anotado bajo el Nº 32, protocolo primero, tomo 1 de fecha 19 de enero del año 2001, del cual se desprende que el (a) (os) (as) solicitante (s) es propietario (a) (s) del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos SIMON LEINDO MEDINA Y MIRIAM RODRIGUEZ DE LIENDO, para asegurar la posesión o algún derecho de el (a) (os) (as) solicitante (s) de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas.-Cúmplase
LA JUEZ
EL SECRETARIO
DRA. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro. 2808-06
EL SECRETARIO
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
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