GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, VEINTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL SEIS.
196º Y 147º
En fecha 08 de Noviembre de 1979, se admitió la demanda de Divorcio, se comisiono al Juzgado del Municipio Michelena para la citación del demandado, se decreto medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble descrito en el libelo de la demanda por su situación y linderos, notificándose al Registrador con oficio Nº 3932 y se decretó medida de Embargo sobre los vehículos descritos en el libelo de la demanda, oficiándose al Tránsito con oficio Nº 3933.
En fecha 13 de Noviembre de 1979, la ciudadana CARMEN OLIVA ZAMBRANO DE MORENO, asistida por el abogado Emilio Useche, solicito oficiar nuevamente a la Zona B6 del Tránsito con el fin de aclarar el contenido del oficio 3933, en la misma fecha se oficio bajo el Nº 3963 al Jefe de la Zona B6 de Tránsito.
En fecha 19 de Noviembre de 1979, se agregó constante de un folio útil oficio Nº 4240, de fecha 13 de noviembre de 1979, procedente de Transito Zona B6.
En fecha 10 de enero de 1980, se agregó oficio Nº 4-249/206 de fecha 18 de diciembre de 1979, procedente del Registro Subalterno del Distrito Michelena, Estado Táchira, constante de un folio útil.
En fecha 27 de mayo de 1981, la ciudadana CARMEN OLIVA ZAMBRANO DE MORENO, asistida por el Abogado Evelio Useche, solicito al Tribunal se sirva ordenar el levantamiento de la medida sobre los derechos y acciones que le corresponden al ciudadano Pedro Antonio Moreno Martínez, sobre un autobús MERCEDES BENZ, 1976, matriculado el Nº S-23491, el cual presta servicio de pasajeros en el Transporte Occidente, asimismo solicito que en su lugar se decretará el embargo del autobús MAGIRUS DEUTZ, 1976, motor 5.495.392, carrocería 741.0041.071, matriculado bajo el Nº S-23386, que también presta servicio de transporte.
En fecha 27 de mayo de 1981, se ordeno el levantamiento de la medida de Secuestro del vehículo Mercedes Benz, modelo 1976, matricula S-23491, y a la vez se decreto medida de Secuestro del Autobús MAGIRUS BEUTZ, de 1976, motor 5495392, carrocería 7410041071, matriculado bajo el Nº S-23386, oficiando al Transito bajo el Nº 1669.
En fecha 4 de agosto de 1981, se notifico al Jefe Zona B6 Tránsito con oficio Nº 2574.
En fecha 13 de mayo de 2006, la ciudadana CARMEN OLIVA ZAMBRANO, asistida por el abogado ENDER MANUEL COLMENARES MORENO, titular de la cédula de identidad Nº 9345976, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.647, solicito el levantamiento de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada según oficio Nº 3932 de fecha 8 de noviembre de 1979.
Por cuanto el Tribunal observa que desde el 27 de mayo de 1981, transcurrió más de un año sin que la parte actora halla impulsado la citación del demandado, se declara la Perención de la Instancia, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que rige:
“Toda Instancia se extingue por el
Transcurso de un año, sin haberse ejecutado
Ningún acto de procedimiento por las partes”.
Por tales razones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA. Y ASI SE DECIDE. Así mismo se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 08 de noviembre de 1979 y oficiada a la oficina de Registro bajo el Nº 3932, notifíquese lo conducente al Registrador Subalterno Jurisdiccional.
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA
En la misma fecha se oficio al Registrador Subalterno del Municipio Michelena, bajo el Nº 0860-733
IRALI URRIBARRI D.
SECRETARIA
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