REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, 02 de mayo de 2006.
196º y 147º
Visto el escrito de fecha 25 de abril de 2006, suscrito por los ciudadanos RAMON DARIO DURAN y DELFINA BUENO ALVIAREZ, en su carácter de Demandante y demandada en la presente causa debidamente asistidos por el abogado JOSE GREGORIO MARQUEZ BELANDRIA, Inpreabogado Nº 62.662, contentiva de la transacción celebrada entre las partes y por cuanto versa sobre materia de carácter patrimonial libremente disponible por las partes, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA LA TRANSACCION en los términos acordados por ellos y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado se acuerda expedir por Secretaría dos(02) copias fotostáticas certificadas del escrito de la Transacción que corre inserto a los folios 113 al 116 y del presente auto, para ser entregado una copia fotostática certificada a cada parte. Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal.
Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
El(a) Secretario(a)
JMCZ/ebs
Expediente Nº 16322 relacionado con el juicio seguido por DURAN RAMON DARIO contra DELFINA BUENO ALVIAREZ, por RECONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA Y PARTICION, fecha de entrada: 07 de enero de 2002