REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 04 de mayo de 2006.-

196º y 147º

Recibido por distribución, constante todo de treinta y cuatro (34) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: JOSÉ DANIEL SÁNCHEZ JAIMES y LISSET CAROL MIJARES LABRADOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.516.143 y V-14.282.402 respectivamente, domiciliados él en la calle 14 No. 3-20, La Victoria de Rubio, Municipio Junín Y ella en Pueblo Nuevo, Sector Las Pilas, Edificio Los Naranjos, Piso 1, apartamento 1 de San Cristóbal Estado Táchira debidamente asistidos por el abogado WUILLIAN ESTEBAN OSTOS RAMÍREZ, inpreabogado No. 110.214. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria copia certificada del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto. Líbrese lo acordado y entréguese a la Alguacila del Tribunal.

El Juez Temporal

Josué Manuel Contreras Zambrano
La Secretaria

Jocelynn Granados


JMCZ/ebs.-
Exp. 18.450