REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 09 de mayo de 2006.-

196º y 147º

Recibido por distribución, constante todo de treinta y cuatro (34) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: EDILBERTO ROJAS SUÁREZ y BENINA MORA MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.302.355 y V-17.322.970 respectivamente, domiciliados en la Tendida, Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira debidamente asistidos por la abogada LISBE CONSUELO SÁNCHEZ CHACÓN, inpreabogado No. 33.332. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria copia certificada del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto. Líbrese lo acordado y entréguese a la Alguacila del Tribunal.

El Juez Temporal

Josué Manuel Contreras Zambrano
La Secretaria

Jocelynn Granados


JMCZ/ebs.-
Exp. 18.456