REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 194° y 145°
ACTA
ASUNTO Nº 034-04
PARTE ACTORA: HUMBERTO GREGORIO MARCANO MALDONADO, identificado con la cédula Nro. V- 15.166.063.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: FANNY LIMA, LUIS MEDINA, RENZO BENAVIDES, MARIA ANTONIA ANDREU, JONATHAN ARAQUE, KARLASILENY SOSA, JEAN CARLOS SAYAGO Y EDUARDO CHAVEZ, Inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 73.645, 75.666, 48.448, 66.900, 97.378, 97.375, 111.036 y 97.433; en su orden.
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT CASA CHINA, en la persona del ciudadano Chun Xin Mo.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
En el día hábil de hoy, tres (03) de mayo de 2006, siendo las dos y treinta (2:30) de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentra presente la apoderada de la parte actora, ciudadana Fanny Lima, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 73.645. En este estado, el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada Restaurant Casa China, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la Admisión de los Hechos alegados por la demandante y en tal sentido: este Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
1-Por Antigüedad: del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo se le debe cancelar lo siguiente:
.05/05/2002 al 05/05/2003
45 días x 5808,00= Bs. 261.360,00
.06/05/2003 al 08/04/2004
62 días x Bs. 10.000,00= Bs. 620.000,00
2-Vacaciones Cumplidas:
15 días x Bs. 10.000,00= Bs. 150.000,00
3-Vacaciones Fraccionadas:
14,66 días x Bs. 10.000,00= Bs. 146.600,00.
4-Bono Vacacional Cumplido:
7 días x Bs. 10.000,00= Bs. 70.000,00.
5-Bono Vacacional Fraccionado:
7,33 x 10.000,00 = Bs. 73.300,00
6-Utilidades Cumplidas y Fraccionadas:
28.75 x 10.000,00= 287.500,00
7-Artículo125 de la Ley Orgánica del Trabajo.
.Indemnización Sustitutiva de Preaviso
45 días x 10.000,00= Bs. 450.000,00
.Indemnización Sustitutiva de Antigüedad:
60 días x 10.000,00= Bs.600.000,00
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