REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, 25 de mayo de 2.006
EXPEDIENTE Nº: 40.977
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
SOLICITANTE: PEDRO ALFARO ARREAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.958.119, domiciliado en Zorca Providencia, vereda 07, casa Nº 7-8, Estado Táchira.
BENEFICIARIO: la niña PRISCILIA DE LA ROSA ALFARO CHACON, nacida en fecha 10 de enero de 1.990, según consta en la partida de nacimiento Nº 1.642 de fecha 14 de junio de 1.990.
Visto el escrito presentado por el ciudadano PEDRO ALFARO ARREAZA asistido por la abogada ISABEL ALEJANDRA PARADA ORTEGA en su condición de Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente; solicitó la rectificación de la partida de nacimiento Nº 1.642 de fecha 14 de junio de 1.990 correspondiente a PRISCILLA DE LA ROSA ALFARO CHACON, asentada ante la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, por aparecer en el encabezamiento identificados los apellidos de la presentada como “ARREAZA CHACON” siendo lo correcto “ALFARO CHACON”. Igualmente vista la notificación firmada por el Fiscal XV del Ministerio Público en fecha 10 de abril de 2.006 y de los recaudos presentados en los cuales se evidencia que se trata de un error material ameritando un procedimiento breve, es por lo que esta Juez Unipersonal Nº 01 de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, conforme a lo previsto en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil y ordena en forma sumaria al Registrador Principal del Estado Táchira, colocar la nota marginal en la partida de nacimiento Nº 1.642 de fecha 14 de junio de 1.990, asentada ante la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira correspondiente a PRISCILLA DE LA ROSA ALFARO CHACON, en el sentido de que los apellidos de la presentada en el encabezamiento es “ALFARO CHACON” y no “ARREAZA CHACON” como aparece allí, y en lo sucesivo no expedir copia de dicha partida sin la nota marginal respectiva. Compulsase copias certificadas para el archivo del Tribunal y Registro Principal mencionados.
Abog. INDIRA MAGALLY RUIZ USECHE
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Abog. ANDREINA DUQUE CASIQUE
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo acordado y se libró oficio Nº. ______________
La Sria
Exp. 40.977/IMRU/MF
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