REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO
JUZGADO UNIPERSONAL NRO. 2
San Cristóbal, 11 de Mayo de 2006
196º y 147º

Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento signado con el Nro. 39.061, oída como ha sido la opinión de los hermanos: DUQUE DUQUE (f 15 y 16), y vista la opinión favorable de la Fiscal XIII del Ministerio Público en el Estado Táchira (f 25), es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA Amplia y Suficientemente a los ciudadanos: ADA CAROLINA DUQUE DE DUQUE y MIGUEL ABDELKADER DUQUE MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.080.707 y V.-3.622.144, quienes se reservaran el derecho de usufructo de por vida, para que traspasen a sus citados hijos: JOSE MIGUEL y DANIELA DEL CARMEN DUQUE DUQUE, venezolanos, adolescentes, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-18.257.623 y V.-19.502.940 respectivamente, en un cincuenta por ciento para cada uno (50% c/u), los derechos y acciones de propiedad y posesión que a ellos le pertenecen sobre un bien inmueble consistente en un lote de terreno propio con casa para habitación ubicado en el Sector la Pradera, Esquina de Calle 14 con Avenida Páez, Número Cívico 6-38 en Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son: NORTE: con la avenida Páez, mide según documento catorce metros (14,00 mts.), actualmente mide trece metros con treinta centímetros (13,30 mts.); SUR: con propiedades que son o fueron de Gustavo Borjas, mide según documento trece metros con sesenta y cinco centímetros (13,65 mts.), actualmente mide catorce metros (14,00 mts.); ESTE: con propiedades que son o fueron de Leandro Salcedo, mide doce metros (12,00 mts.), y OESTE: con calle pública, actualmente calle 14, mide según documento doce metros (12,00 mts.), actualmente mide doce metros con cuarenta y cinco centímetros (12,45 mts.), según documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Cárdenas, hoy Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, anotado bajo el Nro. 12, folios 52 al 54, tomo 14, protocolo 1º del Cuarto trimestre, de fecha 10 de Noviembre de 1.997. Y ASI SE DECIDE. Se advierte que los hermanos: JOSE MIGUEL y DANIELA DEL CARMEN DUQUE DUQUE podrán estar representados en el mencionado traspaso por cualquiera de sus padres ya identificados, quienes deberán consignar al procedimiento copia certificada del documento debidamente protocolizado una vez realizado el citado traspaso. Entréguese a los interesados copia certificada de la presente autorización, comisionando a la oficina de alguacilazgo de éste Tribunal para el trabajo fotostático. Archívese el expediente. Cúmplase.


Abg. Gladys Jazmín Rivas Parada
Jueza Unipersonal Nro. 2
Abg. Genny Yulamr Molina
La Secretaria

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Exp. Nro. 39.061 Secretaria
Jcl.-