REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

GADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Quince de Mayo de Dos Mil Seis.

196° y 147°

Visto el convenimiento celebrado voluntariamente por los Ciudadanos: LUIS ALBERTO LOPEZ SIMANCA y DARSY ESMERALDA PEÑUELA HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.947.512 y 12.516.654, respectivamente, por ante este Tribunal en fecha 03 de Mayo de 2.006, en beneficio de las Niñas: LUISANA YUSENY y AIRAM YUSKEILY LOPEZ PEÑUELA, por concepto de Obligación Alimentaria. En consecuencia, se admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buena costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, désele entrada y el curso de ley correspondiente, regístrese en el Libro respectivo; así mismo este Tribunal acuerda de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, al Convenimiento celebrado entre las partes, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgado, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley CUMPLASE. Así mismo se acuerda la notificar a la Fiscal Décimo Cuarta para la Protección del Niño y del Adolescente, San Cristóbal. Líbrese Oficio.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
El Juez Temporal,


Abg. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMÍREZ.
El Secretario Temporal,


Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ.

En la misma fecha se le dió entrada bajo el N° 2475-06, del Libro respectivo y se libró oficio N° 3170-560 para la Fiscalía, igualmente se deja copia para el archivo del Tribunal.