REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, 30 DE MAYO DE 2006
196º y 147º

CAUSA: Nº 1C-7274-06

Analizadas como han sido las actuaciones que conforman la presente causa, se observa que la misma es seguida en contra de JAVIER ALIRIO VELAZCO PEÑALOZA, por los hechos ocurridos en fecha 16 de agosto de 2001, determinándose que para el momento de los hechos el mencionado ciudadano era un adolescente de 17 años de edad
Ahora bien, dispone el artículo 531 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que se debe aplicar el Procedimiento Especial de Responsabilidad Penal de Adolescente a las personas en edades comprendidas entre los doce y hasta antes de cumplir los dieciocho años de edad al momento de cometer el hecho punible, siendo así, al haber tenido Javier Alirio Velazco Peñaloza la edad de 17 años al momento de la comisión del hecho punible que se le sindica, lo procedente en este caso es declinar la competencia al Tribunal de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, conforme lo señalado en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 534 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y así se decide

Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:

PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE PARA SEGUIR CONOCIENDO LA PRESENTE CAUSA, todo lo cual se hace de conformidad con lo previsto en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 534 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

SEGUNDO: SE ACUERDA LA REMISIÓN DE LAS PRESENTES ACTUACIONES AL TRIBUNAL PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, a los fines de providenciar sobre la solicitud de la Fiscalía del Ministerio Público.

Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal, notifíquese a las partes.



ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


ABG. ELIANA FERNÁNDEZ PEÑALOZA
SECRETARIA DE CONTROL



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


Causa Nº 1C-7274-06