REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Vargas
Macuto, 02 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2006-001811
ASUNTO : WP01-P-2006-001811

DISPOSITIVA

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, acuerda
PRIMERO: DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados MARTIN EMILIO CASTRO HERRERA, FRANKLIN JORDANO FLORES RAMOS y MIGUEL ANGEL RAMOS, arriba identificados, por no estar llenos los extremos del artículo 250, en relación con el artículo 253, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haber sido detenidos por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, contemplados en los artículos 413 y 277 del Código Penal Vigente, quedando en la obligación de presentarse periódicamente cada Ocho (08) días ante la sede de este Juzgado, y la prohibición expresa de acercarse a las víctimas, conforme lo establece el artículo 256, ordinal 3°, y 6° ordenándose la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Adjetivo Penal.
SEGUNDO: Se Declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público, en cuanto a la imposición de la Medida de Privación Judicial de Privativa de Libertad, prevista en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal por no encontrarse llenos los extremos del mencionado artículo.
TERCERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud de la Defensa Pública en cuanto a la imposición de una de las Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contemplada en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: Se ACUERDA la practica de una evaluación Médico Forense a los ciudadanos MARTIN EMILIO CASTRO HERRERA, FRANKLIN JORDANO FLORES RAMOS y MIGUEL ANGEL RAMOS, para determinar el tipo de lesión que presentan los mismos

Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.

En Macuto, a los Dos (02) días del mes de Mayo del año Dos Mil Seis (2006).
LA JUEZ,

KARLA MORALES MORA
LA SECRETARIA,

ABG. JEYLAN SANDOVAL