REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Vargas
Macuto, 25 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2006-002124
ASUNTO : WP01-P-2006-002124
DISPOSITIVA

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del imputado LIENDO VILLEGAS PEDRO EGASMEL, arriba identificado, por no estar llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Adjetivo Penal.

Se declara SIN LUGAR la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a la imposición de una de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad.
Se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa Publica.

Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.

En Macuto, a los veinticinco (25) días del mes de Mayo del año Dos Mil Seis (2006).
LA JUEZ,

KARLA MORALES MORA
LA SECRETARIA,

ABG. JEYLAN SANDOVAL