REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 19 de Mayo de 2006.
196° y 147°
Visto el libelo de demanda que antecede, así como la diligencia suscrita por el ciudadano ENDER RAMÓN DURAN RODRÍGUEZ, asistido por las abogadas YASMIN MARTÍNEZ y ROSAURA HERNÁNDEZ, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, en concordancia con el artículo 859 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadanos FRANCIS ACOSTA MASA y JOSÉ ARMANDO VERA ARISTIGUIETA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.800.440 y V-6.920.354, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, en el horario comprendido de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que den contestación a la demanda incoada en su contra. Compúlsese sendos libelos de demanda con la orden de comparecencia al pié, entréguense al Alguacil del Tribunal para que practique la citación de los demandados. En relación a la medida de embargo solicitada, el Tribunal proveerá lo conducente por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ TITULAR,
LIZBETH ALVARADO FRIAS
EL SECRETARIO Acc.,
WILLIAN ANSUALDE
En esta misma fecha se libró la orden de comparecencia a la parte demandada y se insta a la parte actora a consignar copias fotostáticas del libelo de demanda y auto de admisión, a los fines de elaboración de las compulsas
EL SECRETARIO Acc.,