REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
MAIQUETIA, VEINTICINCO (25) DE MAYO DE DOS MIL SEIS (2006).
195 ° Y 146°

Visto el anterior escrito de Pruebas presentado por el ciudadano: Víctor León Méndez Tapia, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.027.439, asistido del Abogado Reinaldo Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.000, el Tribunal ordena agregarlo al Expediente N° 1034-06, de conformidad con el Artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que surtan sus efectos legales.
En relación a las Pruebas Instrumentales promovida en dicho escrito: el Tribunal las admite de conformidad con lo pautado en el Artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.
LA JUEZ TITULAR

DRA. ANA TERESA AYALA P.
EL SECRETARIO

GAMAL GAMARRA.


EXP. Nro. 1034-06.-