REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas

Maiquetía, diez (10) de Mayo del año dos mil seis (2006).
196° y 147°

ASUNTO: WP11-S-2006-000066


Vista la diligencia de fecha cinco (05) de Mayo del presente año, suscrita por el Ciudadano JOSÉ DANIEL MENDOZA BORGES, debidamente asistido por la Profesional del Derecho ROXANA CABELLO, Procuradora de Trabajadores del Estado Vargas, mediante la cual solicitan el cierre y archivo del presente expediente, por cuanto la empresa demandada le cancelo al trabajador toda las Prestaciones Sociales derivadas de la relación laboral; en consecuencia no hay lugar al procedimiento de calificación de despido, en tal sentido este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, declara terminado el proceso e igualmente ordena el cierre y el archivo del expediente. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ


Dra. REBECA MARTINEZ.



LA SECRETARIA


ABG. GIOVANNA LANDER.





RM/GL/nohemi.
EXP WP11-S-2006-000066