REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, tres (03) de Mayo del año dos mil seis (2006)
196° y 147°

ASUNTO: WP11-S-2006-000061

Vista la TRANSACCIÓN LABORAL que corre inserta al folio veintiocho (28), celebrada entre la ciudadana DEYANIRA DEL CARMEN FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.432.920, debidamente asistido por el Profesional del Derecho CARLOS DE LUCAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 49.476 por una parte y por la otra la profesional del derecho MARIA ALEJANDRA MALDONADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 106.974, en su carácter de APODERADA JUDICIAL de la empresa
AMERICAN AIRLINES INC, presentada ante el TRIBUNAL DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS y revisados como han sido los términos bajo los cuales las partes suscribieron la referida transacción y por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables del ex_trabajador, ni normas de orden público, en conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, asimismo, visto el desistimiento presentado por la trabajadora antes mencionada este Tribunal le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
LA JUEZ

Dra. REBECA MARTINEZ.
LA SECRETARIA

Abg. GIOVANNA LANDER.

RM/GL