REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, diez (10) de mayo de dos mil seis (2006)
194° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000049
PARTE ACTORA: LUIS ENRIQUE SILVA MORGADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.157.551
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOSE VICENTE PEREZ ARVELO Y FELIX MANUEL BONALDE, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 93.613 y 73.124, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “COMERCIAL ADMINISTRADORA 20 20 30, S.A.” Inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, el 07 de diciembre del 2001, bajo el numero 97, tomo 614-A Qto.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE GREGORIO GARCIA LEMUS, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 53.974.
MOTIVO: “CALIFICACION DE DESPIDO.”
En el día hábil de hoy, diez (10) de mayo del dos mil seis (2006), siendo las once y treinta minutos (11:30 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: LUIS ENRIQUE SILVA MORGADO, parte actora; JOSE VICENTE PEREZ ARVELO, Apoderado Judicial de la parte actora; igualmente se encuentra presente el profesional del derecho JOSE GREGORIO GARCIA LEMUS, Apoderado Judicial de la empresa demandada; todos plenamente identificadas supra. Dándose así inicio al acto la parte demandada persiste en el despido y consigna la cantidad de SIETE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 7.574.708,56), correspondiente tanto a los salarios caídos, como a la totalidad de las prestaciones e indemnizaciones que le corresponden al trabajador, lo cual se a describe de la siguiente forma: -------------------------------------------------
Trabajador: LUIS ENRIQUE SILVA MORGADO
Cédula de Identidad: V- 6.157.551
Empresa: COMERCIAL ADMINISTRADORA 20 20 30, S.A.
Fecha de Ingreso: 03/08/2005.
Fecha de Egreso: 24/03/2006.
1.- INDEMNIZACION SUSTITUTA DE PREAVISO: 30 días Bs. 1.185.999,90
2.- INDEMNIZACION POR DESPIDO INJUSTIFICADO: 30 días Bs. 1.185.999,90
3.- ANTIGUEDAD: 45 días Bs. 2.032.486,81
4.- INTERESES SOBRE PRESTACIONES DE ANTIGUEDAD: Bs. 28.436,85
5.- VACACIONES FRACCIONADAS: 8,75 días Bs. 291.666,64
6.- BONO VACACIONAL FRACCIONADO: 4,08 días Bs. 135.999,98
7.- UTILIDADES FRACCIONADAS: 10 días Bs. 333.333,30
8.- SALARIOS CAIDOS TRANSCURRIDO
DESDE EL 18/04/2006 AL 10/05/2006: Bs. 766.666,59
9.- BONO NOCTURNO: 6 HORAS Bs. 37.142,82
10.- 9 DIAS DE SALARIO: Bs. 299.999,97
11.- 02 DOMINGOS TRABAJADOS: Bs. 100.000,00
12.- 01 DIA FESTIVO: Bs. 50.000,00
13.- CESTA TICKET: Bs. 1.159.200,00
DEDUCIBLES:
1.- SEGURO SOCIAL: Bs. 9.230,77
2.- SEGURO DE PARO FORZOSO: Bs. 1.153,85
3.- POLIZA DE HOSPITALIZACION, HCM. Bs. 15.902,91
4.- INCE Bs. 1.666,67
5.- AHORRO HABITACIONAL Bs. 4.270,00
Total Prestaciones Sociales y Otros Beneficios...................................Bs. 7.574.708,56
Tal concepto será cancelado por la parte demandada en este acto, mediante cheque No. S-9211006912, del Banco de Venezuela, a nombre del ciudadano LUIS ENRIQUE SILVA MOGADO, por la cantidad de Bs. 7.574.708,56, el cual recibe conforme la parte actora. En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordena el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES
PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE
LA EMPRESA DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. MAGJOHLY FARIAS
EXP. Nº WP11-S-2006-000049
“CALIFICACION DE DESPIDO”
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