REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (01) de noviembre del año dos mil seis (2006).-
195° y 147°
Vistas las declaraciones rendidas por los (las) ciudadanos (as) RENEE ALEXANDER RODRIGUEZ HEREDIA Y EVANGELIA ROSAS DE BRITO, presentados por el (la) (los) (las) ciudadana (o) (s): MARIA CANDELARIA ARROCHA DE CARDOZO, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). 3.890.255, quienes manifestaron que los ciudadanos: MARIA CANDELARIA ARROCHA DE CARDOZO, MARIA ALESSANDRA CARDOZO ARROCHA, y MARIA FERNANDA CARDOZO ARROCHA , son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de CARLOS ERNESTO CARDOZO ACOSTA, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 3788-06
EL SECRETARIO
LENNYS PINTO IZAGUIRRE