REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (15) de noviembre del año dos mil seis (2006).-

195° y 147°

Vistas las declaraciones rendidas por los (las) ciudadanos (as) OSWALDO PHILIPS RODRIGUEZ DIAZ Y JUAN GARCIA, presentados por el (la) (los) (las) ciudadana(o) (s): MARIA DEL CARMEN RIVODO CERMEÑO, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). 7.990.114, quienes manifestaron que los ciudadanos: MARIA DEL CARMEN RIVODO CERMEÑO, JUAN MAUEL RIVODO CERMEÑO, JOSE RAFAEL RIVODO CERMEÑO, JESUS RAFAEL RIVODO CERMEÑO, SARA MARGARITA RIVODO DE PADILLA, MARLA ISABEL RIVODO CERMEÑO, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana que en vida respondiera al nombre de MARIA ISABEL CERMEÑO, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 3964

EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE