REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

En el día de hoy (03) de Noviembre de 2006, comparece ante la Juez de este despacho Dra. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM, el secretario titular del misma, ciudadano LENNYS PINTO IZAGUIRRE y expone: “Ha sido recibido en este despacho proveniente del Juzgado Segundo de Municipio de la entidad, el presente expediente distinguido con el Nro. 9700 contentivo de la incidencia de inhibición en el juicio por resolución de contrato de arrendamiento intentado por la ciudadana CLAUDIA NARDUCCI GIOVANNONE contra la ciudadana ANTINOETTE EMBAID EMBAID. Ahora bien, es el caso que la ciudadana ANTINOETTE EMBAID EMBAID, y su hija ciudadana MOUNA EMBAID EMBAID, sin motivo alguno, han levantado una serie de calumnias sobre mi persona y han asumido una actitud grosera y retadora en lugares públicos, debido a ello y como quiera que la actitud asumida por las precitadas ciudadanas que aun se mantiene, produce en mi un profundo rechazo hacia ellas, tal como lo señalé en la actas donde procedí a inhibirme en fecha 06 de octubre de 2006, en la causa distinguida con el Nro. 9683, y en fecha 31 de octubre de 2006, en la causa signada bajo el Nro. 9711 respectivamente, y siendo que considero que es mi deber inhibirme de seguir conociendo la causa por cuanto me encuentro incurso en la causal contenida en el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, me inhibo de actuar como secretario en la presente incidencia”.
LA JUEZ,

DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO

LENNYS PINTO IZAGUIRRE