REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (08) de noviembre del año dos mil seis (2006).-

195° y 147°

Vistas las declaraciones rendidas por los (las) ciudadanos (as) LYNN K. VALIDO DE LONGA Y HECTOR E. LONGA LARES, presentados por el (la) (los) (las) ciudadana(o) (s): MARIA CAROLINA OLIVARES CONTRERAS, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). 11.640.976, quienes manifestaron que los ciudadanos: MARIA CAROLINA OLIVARES CONTRERAS, ENMA DEL CARMEN CONTRERAS DUGARTE Y ORLANDO JOSE OLIVARES CONTRERAS, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de ORLANDO OLIVARES BOSQUES, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº3925

EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE