JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez de noviembre de dos mil seis.-
196º y 147º

Recibido por Distribución constante todo de (09) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por el ciudadano LUIS FRANCISO MORENO GRANADOS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.987.972, domiciliado en San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar del Estado Táchira, representado en este acto por el abogado ALEX YAHIR SARMIENTO CHACON venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.251.550, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.495, con el mismo domicilio que el anterior, según consta de instrumento poder autenticado por ante la Notaría Pública de San Antonio, en fecha 10 de octubre de 2006, bajo el N° 16, Tomo 129, el cual anexa marcado “A”; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano LUIS FRANCISO MORENO GRANADOS, ya identificado, y revisada como ha sido la documentación presentada, considera que el ACTA DE MATRIMONIO adolece del siguiente error: PRIMERO: el nombre correcto de la hija del solicitante es “LIZBETH”, con “z” y no “LISBETH” con “s”, como erróneamente aparece; SEGUNDO: el lugar de nacimiento de la hija del solicitante es la ciudad de ”SAN ANTONIO DEL TACHIRA, VENEZUELA” y no en “Cúcuta, Departamento Norte de Santander, Colombia”, como incorrectamente aparece. Y ASÍ SE DECIDE. En consecuencia, ofíciese al Juzgado del Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Matrimonio N° 636, de fecha 17 de Octubre de 1988, perteneciente a los ciudadanos LUIS FRANCISCO MORENO GRANADOS y FIDELINA MONCADA GALVIS. Expídanse las copias certificadas de ley.-

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR

LA SECRETARIA


IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ



En la misma fecha se le dio entrada, bajo el N° 32286.-
LA SECRETARIA



IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ


nancy