REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 30 de noviembre de 2006. 196° y 147°. Recibido por distribución, constante de dos (2) folios útiles y los recaudos consignados constantes de diez (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud. Con vista la a anterior solicitud de Partición Amistosa, presentada por los ciudadanos LUIS HUMBERTO MORA ARELLANO y DARQUIS COROMOTO CRIOLLO, venezolanos, mayores de edad, divorciados, titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.430.395 y V-2.554.804 respectivamente, de este domicilio y hábiles, el Juez de conformidad con lo solicitado y por encontrarla conforme a derecho, aprueba la partición amistosa realizada entre ellos en los términos expuestos y dispone que por secretaria, se expidan dos (2) juegos de copias certificadas mecanografiadas a los fines de Ley. El Juez Temporal (fdo.). Josué Manuel Contreras Zambrano. La Secretaria (fdo.). Jocelynn Granados (hay sellos húmedos del Tribunal y del libro diario del Tribunal). JMCZ/cm.-

La Suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo expuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: la exactitud de lo anteriormente trascrito, lo cual es fiel traslado de sus originales tomadas del Expediente No. __________ de la Partición Amistosa solicitadas por los ciudadanos LUIS HUMBERTO MORA ARELLANO y DARQUIS COROMOTO CRIOLLO, Fecha de entrada: 30 de noviembre de 2006, autorizadas por el ciudadano Juez Temporal y certificadas por quien suscribe para su archivo en el Tribunal. San Cristóbal, 30 de noviembre de 2006.-


La Secretaria



Jocelynn Granados

cm.-


Exp. 5195