JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, 01 de Noviembre de dos mil seis .
196º y 147º

Vista la diligencia de fecha 25 de Octubre de 2006, suscrita por la ciudadana LUZ DAMARY REY DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V-15.353.884, asistida por el Abogado FERNANDO GILBERTO REY DELGADO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 66.518 y hábil, parte demandante y el ciudadano JOSE DEL CARMEN DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V-5.678.410, asistido por el Abogado JOSE GREGORIO CHINOSME NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N ° 58.916, parte demandada, mediante la cual deciden poner fin a la presente causa mediante TRANSACCIÓN. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, de conformidad con el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, la transacción celebrada tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada. Se mantiene en toda su fuerza y vigor la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por auto de fecha 04 de Noviembre de 2005 y participada al Registro Subalterno de los Municipios Cárdenas, Guàsimos y Andrés Bello del Estado Táchira, con oficio N ° 849 de fecha 04 de Noviembre de 2005.

LA JUEZ TEMPORAL


ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG. ROSA ZAMBRANO PRATO